El día de hoy el Senado entrevistará a los candidatos a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Se ponen sobre la mesa preguntas que deberían tomarse en cuenta sobre temas clave como remuneraciones, juicios orales, derecho internacional y transparencia.
SUELDOS Y PRESTACIONES DE LOS MINISTROS
Ana Laura Magaloni
Las remuneraciones y prestaciones de los ministros de la Corte no tienen parangón en ningún otro país del mundo. En México, un ministro percibe un sueldo de poco más de 3 millones de pesos anuales. Además, tiene un conjunto de prestaciones que resultan sorprendentes en un país con tanta pobreza y marginación. Entre estas prestaciones están: un generoso esquema de retiro, tres celulares, dos automóviles, seguro médico de gastos mayores para él y su familia, pago de energía eléctrica, luz, predial, teléfono y gas, fondo para comprar una casa, gastos de alimentación, etcétera.
En caso de que el Congreso optara por limitar o eliminar algunas de estas prestaciones, se va a enfrentar con dos temas importantes: el alcance de la autonomía presupuestaria de la Suprema Corte y la interpretación del artículo 94 de la Constitución, el cual señala que la remuneración que perciben los ministros no podrá ser disminuida durante el tiempo que dure su encargo.
En este sentido, valdría la pena que el Senado supiese, antes de designar al nuevo ministro, cuál es la posición de los candidatos en estos temas. En concreto: si el Congreso decide, por disposición legal, eliminar o limitar algunas de las prestaciones, ¿estaría o no violando el artículo 94 de la Constitución? ¿Cuál es una remuneración adecuada para un ministro? ¿Cree o no que la Corte ha cometido excesos en este ámbito? ¿Cuáles serían las medidas que estaría dispuesto a tomar en caso de que crea que esta situación debe cambiar?
La autora es profesora / investigadora de la División de Estudios Jurídicos del CIDE.
JUICIOS ORALES: SIN LUGAR PARA MEDIAS TINTAS
Enrique Ochoa Reza
El sistema de justicia penal no satisface ni a víctimas ni a acusados. De cada 100 delitos que se cometen en el país se denuncian 15 y se castiga sólo uno. Los jueces, magistrados y ministros que trabajan honestamente quedan atrapados en un sistema poco transparente y confuso que le merece desconfianza a los ciudadanos. Por otro lado, quienes acuden al sistema, como víctimas o acusados, enfrentan una trampa de papeles que invita a la corrupción, al desistimiento y a la impunidad.
Lamentablemente, los contribuyentes pagamos anualmente para sostener un sistema que arroja pobres resultados. Nos cuesta mucho dinero no cambiar. Una solución probada en otros países con cultura jurídica similar a la nuestra fue el cambio a un sistema penal acusatorio, que incluye juicios orales y medidas de solución alternas de controversias. Nuevo León, Chihuahua y 10 estados más avanzan por ese camino. Un grupo amplio de organizaciones ciudadanas han presentado ya, ante el Senado de la República, un anteproyecto de reforma constitucional integral en esta materia. No hay lugar para medias tintas.
Así, todo aquel que aspire a ser ministro de la Suprema Corte debe explicar públicamente su postura acerca de la reforma de juicios orales y debido proceso legal. Abogado(a), ¿cuáles son las fallas principales del sistema actual? ¿Qué opinión tiene de la reforma de juicios orales que se ha aprobado en Chihuahua o Nuevo León y que se propone para todo el país? ¿Está usted a favor de una reforma constitucional que establezca los juicios orales en materia penal en todo el país? ¿Sí o no y por qué?
El autor es profesor de derecho constitucional en la UNAM (www.enriqueochoareza.com).
EL MINISTRO Y LOS DERECHOS FUNDAMENTALES
Miguel Carbonell
Quien haya de ocupar el cargo de ministro de la Suprema Corte debe tener un profundo conocimiento y un claro compromiso con los derechos fundamentales, que son los derechos que tenemos reconocidos constitucionalmente todos los habitantes de México.
Para verificar ambas circunstancias sería necesario que los senadores de las comisiones que van a entrevistar a los candidatos indagaran acerca de su visión de las libertades básicas, tales como la libertad de expresión y la libertad de tránsito. Los aspirantes a ministro deberían responder con claridad y precisión acerca de casos muy controvertidos que han sido resueltos recientemente por la Suprema Corte, como el de un poema contra la bandera o el de la violencia intrafamiliar como causal de divorcio.
¿Qué piensan los aspirantes de la igualdad entre hombres y mujeres? ¿Qué importancia le dan al tema de la no discriminación? ¿Cómo resolverían un caso acerca de la libertad de la mujer para interrumpir un embarazo voluntariamente? ¿Consideran que el legislador puede determinar con libertad los supuestos en que una persona puede ser encarcelada preventivamente? ¿Qué significa para ellos el derecho a la vivienda y qué alcance le dan al derecho a la salud? Los senadores responsables deberían de formular esas preguntas. De la calidad y contundencia de las respuestas deberá depender la suerte de los tres candidatos.
El autor es coordinador del área de derecho constitucional del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
DERECHO INTERNACIONAL Y DEMOCRACIA
Pedro Salazar Ugarte
Los tratados internacionales son una de las principales fuentes del derecho. Sin embargo, hasta ahora, los jueces mexicanos son reacios a utilizar esos instrumentos jurídicos para fundamentar sus sentencias. Esto es evidente, sobre todo, en el campo de los derechos humanos. La SCJN, cambiando de criterios y colocando todos los documentos internacionales (sin importar su materia) en un mismo plano es responsable de esta situación. El nuevo integrante de la Corte debe tener una respuesta clara y garantista ante interrogantes como las siguientes: ¿Qué jerarquía deben tener los tratados en el ordenamiento jurídico mexicano? ¿Los tratados internacionales en materia de derechos humanos deben tener un rango jurídico especial? ¿Cuál? ¿Cómo lograr que los jueces, en todos los niveles, utilicen al derecho internacional para fundar sus decisiones? ¿Qué va primero "la soberanía" o los derechos individuales?
La idea de soberanía, en este caso popular, abre la puerta a otro tema que exige una toma de posición del futuro ministro(a): la dificultad contramayoritaria. ¿Los jueces deben ser deferentes con el legislador democrático? ¿La Corte debe presumir la constitucionalidad de las decisiones del Congreso de la Unión? ¿Cómo evitar que el Poder Judicial suplante a los órganos representativos en la adopción de las decisiones fundamentales? ¿Cómo debe decidir un ministro(a) comprometido con la democracia?
El autor es investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM.
LA SUPREMA CORTE Y LOS IMPUESTOS
Carlos Elizondo Mayer-Serra y Luis M. Pérez de Acha
Las decisiones de la SCJN inciden cada vez más en la definición de la política tributaria. No es así en todos los países del mundo ni lo era en México en el pasado cercano. Una decisión de la SCJN puede afectar estructuralmente la efectividad de la recaudación fiscal o, en su caso, lograr que se transfieran cientos de millones de pesos del erario a los particulares. Tenemos una SCJN muy activa en este ámbito, pero el análisis de sus decisiones evidencia la falta de consistencia y sistematización en la definición de dos principios fundamentales: proporcionalidad y equidad tributarias. Además, dada la denominada Fórmula Otero, lo que resulta es una alta desigualdad que favorece desmedidamente a los grandes contribuyentes, pero dejando en la práctica casi indefensos a los pequeños.
¿Usted cree que la actual jurisprudencia en materia tributaria es adecuada a la realidad financiera del Estado mexicano? ¿Estima que están correctamente estructurados en términos jurisprudenciales los elementos constitucionales que integran el concepto de justicia fiscal? ¿Cómo proteger a los contribuyentes de pequeña y mediana capacidad económica? ¿Cómo conciliar la inevitable complejidad de leyes tributarias en un contexto democrático, con exigencias de parsimonia que no son fáciles de atender cuando tantos actores participan en la redacción de una ley? ¿Tiene la SCJN la responsabilidad sobre las políticas públicas o más bien la protección de los derechos fundamentales?
Carlos Elizondo Mayer-Serra es profesor / investigador de la División de Estudios Políticos del CIDE. Luis M. Pérez de Acha es profesor de la Escuela Libre de Derecho.
ACCESO A EXPENDIENTES
Miguel B. Treviño de Hoyos
Al próximo ministro le tocará tomar parte en la controversia constitucional contra de las reformas aprobadas en Nuevo León en materia de transparencia judicial. La decisión que tome la SCJN tendrá consecuencias para todo el país pues de ésta dependerá el rumbo que tomarán las judicaturas locales en materia de transparencia judicial.
En la controversia interpuesta por la PGR, en los tiempos de Rafael Macedo de la Concha, contra una parte del paquete de reformas que hicieron posibles los juicios orales en Nuevo León, no se impugna la publicidad de los juicios, el supuesto el peligro está en la obtención de una copia escrita de lo que ahí se dijo.
La controversia por resolverse da a los senadores la oportunidad de medir el compromiso del futuro ministro con la transparencia: ¿Qué piensan los aspirantes a ministros de la controversia de la PGR contra Nuevo León? ¿Es posible lograr las ventajas de la justicia oral impidiendo el acceso a los expedientes? ¿Qué sentido tiene negar copias de documentos cuyo contenido ya se conoció durante el juicio?
El autor es profesor de la Escuela de Graduados en Administración Pública del Tecnológico de Monterrey.