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El Reto de la Suprema Corte
Enfoque - Reforma y El Norte
Enrique Ochoa Reza
Jun 24, 2007

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Los mecanismos de apertura y transparencia que utilizó la Suprema Corte para resolver el caso de la Ley de Radio y Televisión han dejado atrás diversos mitos y establecen un referente positivo de cómo puede funcionar un nuevo sistema de justicia penal para el país. El siguiente reto para la Suprema Corte es impulsar que la publicidad y la transparencia, que tanto beneficiaron a la credibilidad de la acción de inconstitucionalidad, dejen de ser una excepción y se conviertan en la práctica común del sistema de justicia en México.

 

Las innovaciones que adoptó la Corte no fueron menores. De hecho, rompieron con una larga tradición histórica de hermetismo para sustituirla por mecanismos públicos y transparentes. La Corte utilizó el internet para hacer público el proyecto de sentencia del ministro Salvador Aguirre Anguiano; transmitió por televisión las audiencias del caso; escuchó los argumentos de las dos partes interesadas; permitió que expertos en la materia presentaran pruebas técnicas en audiencia pública y oral; con las pruebas sobre la mesa resolvió paso por paso cada uno de los elementos de la demanda y, finalmente, en una sesión abierta a las partes, sus abogados y el público en general, dictó sentencia.

 

En su discurso al cierre de las deliberaciones sobre la acción de inconstitucionalidad, el ministro presidente, Guillermo Ortiz Mayagoitia, recnoció que la Corte adoptó "algunas medidas especiales que fueron de enorme utilidad para el proceso" y que la Corte "resolverá todos los asuntos venideros con el mismo espíritu de transparencia" (ver www.scjn.gob.mx). Esta voluntad de cambio debe ser el punto de partida para revisar el funcionamiento del eslabón más débil del sistema de justicia: la materia penal. ¿Cómo se pueden institucionalizar las prácticas de apertura y transparencia para que sus beneficios alcancen a más ciudadanos? ¿Cómo transformar el sistema de justicia penal para dejar atrás la tradición histórica de hermetismo que la propia Corte ha mostrado como superable?

 

La reforma en materia penal se debe centrar en tres elementos esenciales. Primero, sustituir el sistema inquisitivo, escrito, cerrado, que se fundamenta en expedientes y que está vigente en gran parte del territorio nacional, para establecer en su lugar un sistema de justicia acusatorio, oral, transparente, que se desarrolle en audiencias públicas y que ya está arrojando beneficios en Chihuahua y Nuevo León. Segundo, establecer que las pruebas se desahoguen en dichas audiencias con la presencia ininterrumpida del juez, donde la víctima, el acusado y sus abogados tengan el derecho de presentar su caso de manera oral, directa y equitativa. Tercero, que las audiencias sean abiertas al público en general y grabadas en audio y video para facilitar su transparencia y revisión posterior.

 

En la actualidad el sistema de justicia penal funciona de una manera diferente. Se destina un enorme esfuerzo institucional para integrar un expediente escrito por cada caso particular. El sistema no requiere, necesariamente, que las pruebas se presenten de manera oral frente al juez, con la lamentable consecuencia de que el 80 por ciento de los condenados a prisión en el Distrito Federal no hablaron o escucharon al juez que resolvió su caso. Además, dado el número y la extensión de los expedientes, es común que funcionarios menores de los juzgados lean el expediente (o no) y le presenten un proyecto de sentencia al juez, quien decidirá la culpabilidad o inocencia del acusado en el hermetismo de su oficina. En suma, el funcionamiento cotidiano de los tribunales no incorpora ninguno de los elementos de transparencia y publicidad que ha utilizado recientemente la Corte y lejos de ello sobreviven todavía aspectos que son susceptibles de generar corrupción y desconfianza.

 

La reforma que se promueve para el sistema penal en México no es una improvisación, ni tampoco es una panacea. De hecho, la mayor parte de los países de América Latina impulsaron reformas de corte acusatorio y oral -con distintos niveles de profundidad y éxito- a partir de que terminaron sus procesos de transición democrática. En distintos momentos históricos estas reformas también se llevaron a cabo en Alemania, Italia y España, países de donde México obtuvo hace siglos el sistema inquisitivo y escrito que hoy está en desuso. El debate sobre los juicios orales ha llegado tarde a nuestro país, porque en términos comparativos, la democracia llegó también después.

 

Esto, irónicamente puede ser una ventaja. Las experiencias de otros países con cultura jurídica similar a la nuestra están a nuestro alcance para nuestro estudio y beneficio. Si bien en México, al igual que en otras democracias, la aprobación de la reforma penal reside formalmente en el Congreso, su implementación descansa simultáneamente en la Procuraduría y en el Poder Judicial. La Corte ha dado una muestra de que la administración de justicia se beneficia de procesos de apertura y transparencia. Sería un error que este esfuerzo encomiable se quede como una práctica irregular para uso discrecional y monopólico de los ministros en el futuro. Sería mejor que la Corte participe en un cambio institucional que establezca en los códigos y en la práctica los principios de un verdadero sistema acusatorio y oral para el beneficio del sistema penal de todo el país.

 

 

 

El autor es Miembro de la Red Nacional a favor de los Juicios Orales (www.enriqueochoareza.com).

 

* Este artículo se publicó en El Norte el 23 de junio de 2007 bajo el título “Siguiente reto para la Corte” y en Enfoque del Reforma el 24 de junio de 2007.

 

 

 
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Comentarios

Interesante
Se me hace muy interesante este articulo
Saludos
#1 - Jose - 08/20/2007 - 18:58
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;-) :-) :-D :-( :-o >-( B-) :oops: :-[] :-P
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