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Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz y la Universidad Villa Rica
Magdo. Salvador O. Nava, Magdo. José Lorenzo Álvarez, Mtro. Héctor Irón Ariza, Dr. Emilio Rabasa y Dr. Enrique Ochoa Reza
Feb 11, 2010
Inauguración del seminario de conmemoración del décimo aniversario de la reforma integral de
la Constitución Política del Estado de Veracruz
Magistrado Salvador Olimpo Nava Gomar, Magistrado José Lorenzo Álvarez Montero, Maestro Héctor Irón Ariza García, Doctor Emilio Rabasa Gamboa. Señoras y señores.
Es un honor compartir esta mesa con tan distinguidas personalidades en la inauguración de este seminario que conmemora el décimo aniversario de la reforma integral de
la Constitución Política del Estado de Veracruz.
Como Director del Centro de Capacitación Judicial Electoral del Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación, agradezco al Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz, a
la Universidad de Villarrica y al propio Tribunal Electoral del Poder Judicial de
la Federación, organizadores de este evento, la oportunidad de participar en este foro.
En esta inauguración, quisiera compartir con ustedes una reflexión: ¿Por qué es relevante esta conmemoración?
En mi opinión, la respuesta a esta pregunta atiende a cuatro aspectos fundamentales que sintetizaré a continuación:
I.
La Constitución que hoy conmemoramos es la pionera en materia de control constitucional local en México. Sus mecanismos de defensa han generado el reconocimiento del “constitucionalismo local” por parte de
la Suprema Corte de Justicia de
la Nación. Entre ellos destacan los siguientes:
a) El Juicio de protección de derechos humanos;
b) Las Controversias constitucionales;
c) Las Acciones de inconstitucionalidad; y
d) Las Acciones por omisión legislativa.
II. Es referente en la incorporación del plebiscito, referendo e iniciativa popular, como parte de los derechos de los ciudadanos veracruzanos, aspecto que se encuentra dentro del debate democrático contemporáneo.
III. Es un instrumento que contribuye al fortalecimiento del federalismo, si tenemos en cuenta que este último cumple dos funciones esenciales. Una función integradora que ve por el todo, por la federación; y una función diferenciadora que incorpora los diferentes matices de las Entidades que componen la federación. Podemos relacionar a la función integradora con el control constitucional federal. Pero, de no ir más allá, se dejaría de lado el control constitucional local de las normas básicas que establecen los fundamentos de esos matices que hacen la diferencia y enriquecen la diversidad federal. Esa es la dimensión de la relevancia del control constitucional estatal desde la perspectiva federal, y de la importancia de esta conmemoración.
IV. Lo anterior por sí mismo podría ser suficiente, pero no nos podemos quedar en un nivel teórico, a un nivel de discurso. Debemos considerar también las consecuencias que tiene el control constitucional para los ciudadanos a los que se dirige la actividad del Estado. Del Estado en su dimensión federal, pero también en su dimensión estadual. Esta es la razón más importante de la relevancia de esta conmemoración: el beneficio que pueden recibir los ciudadanos del control constitucional estatal.
En este marco, como participantes en este seminario conmemorativo, tenemos el reto de destacar, profundizar y hacer visibles para los ciudadanos estas razones: el carácter pionero de
la Constitución de Veracruz en el constitucionalismo local, el impulso a la función diferenciadora del federalismo y los beneficios que ello tiene para todos los ciudadanos.
Muchas gracias
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